El Senado dio media sanción a la reforma laboral que incorpora un marco legal específico para los trabajadores de plataformas digitales. El proyecto regula derechos y obligaciones de repartidores y conductores, y establece expresamente que no existe relación de dependencia con las empresas.
La norma alcanza a quienes prestan servicios a través de aplicaciones como Rappi, Pedidos Ya, Uber y Cabify. Define la figura del “prestador independiente de plataformas tecnológicas” como la persona que ofrece servicios de reparto o movilidad mediante estas apps de manera autónoma.
Autonomía, conexión libre y nueva definición legal
El texto permite que los prestadores se conecten libremente a cualquier aplicación disponible. Podrán elegir sus horarios, decidir cuánto tiempo permanecer conectados y aceptar o rechazar pedidos sin necesidad de justificar su decisión.
También podrán definir el medio de transporte que utilicen, siempre que cumpla con los requisitos legales. La regulación contempla bicicletas, motos, autos u otros vehículos habilitados.
Además, las plataformas deberán informar en lenguaje claro los criterios que utilizan para clasificar, agrupar o categorizar servicios. Esa información deberá estar disponible de forma digital, sin afectar secretos comerciales.
Obligaciones de las plataformas y de los trabajadores
El proyecto impone obligaciones a las empresas. Deberán brindar información suficiente para que el prestador decida si acepta un viaje o envío. Tendrán que respetar la libertad de conexión y ofrecer contenidos digitales sobre seguridad vial y prestación del servicio.
También deberán facilitar elementos de seguridad según el vehículo utilizado, habilitar un sistema digital de quejas para usuarios y ofrecer canales de atención para que los trabajadores soliciten explicaciones sobre decisiones que impacten en su actividad.
Por su parte, los prestadores deberán ser titulares de la cuenta que utilicen, inscribirse ante las autoridades fiscales y cumplir con sus obligaciones tributarias y de seguridad social. Deberán realizar los aportes correspondientes para acceder a la Prestación Básica Universal, cobertura de salud y otras prestaciones. Además, deberán informar una CBU o CVU para recibir pagos y respetar las normas de tránsito.
Seguro, datos y capacitación obligatoria
El proyecto establece que los trabajadores independientes contarán con un seguro de accidentes personales vinculado a la actividad. La póliza deberá cubrir fallecimiento accidental, incapacidad permanente, gastos médicos y costos funerarios. El financiamiento quedará sujeto a acuerdo entre las partes, sin que eso implique relación laboral.
Las plataformas deberán ofrecer capacitaciones gratuitas sobre el uso de la aplicación, trato con usuarios y normas de seguridad vial. También deberán explicar los motivos de cualquier suspensión o restricción del acceso a la cuenta y permitir que el trabajador ejerza su derecho a réplica.
En materia de datos, los prestadores podrán solicitar la portabilidad de su información en un formato estructurado y reutilizable. Esto facilitará el traslado de su historial a otras plataformas.
El texto aclara que ampliar beneficios o sumar coberturas no genera vínculo laboral. Los trabajadores conservarán el 100% de las propinas y podrán interrumpir la conexión sin aviso previo, elegir recorridos y decidir cuándo y cuánto trabajar.
Según datos de la Fundación Encuentro, en diciembre de 2025 un repartidor necesitó completar en promedio 454 pedidos para cubrir el costo de la Canasta Básica Total de un hogar tipo. El proyecto ahora deberá debatirse en la Cámara de Diputados.






