La defensa de la ex presidenta solicitó precisiones al Tribunal Oral Federal Nº 2 sobre los alcances de las restricciones impuestas, ante el riesgo de interpretaciones contradictorias
Cristina Fernández de Kirchner, quien cumple prisión domiciliaria por su condena a seis años de prisión en una causa por corrupción, presentó un pedido formal ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 para que aclare si puede salir al balcón de su domicilio sin violar las condiciones impuestas por la Justicia.
La solicitud fue presentada por sus abogados defensores, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, tras recibir la notificación de la resolución judicial que impone restricciones de conducta, entre ellas, la de “abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”.
El eje del pedido: seguridad jurídica ante la ambigüedad
El escrito remarca que, debido a la falta de precisión, existe el riesgo de que cualquier conducta ambigua —como salir al balcón— sea interpretada como una violación de las condiciones, lo que podría derivar en sanciones judiciales.
La defensa señaló que resulta “imprescindible” que el tribunal defina de forma clara si ese comportamiento está prohibido en forma total o parcial, y en este último caso, que especifique los límites de la restricción.
Contexto político y mediático
El planteo se da en un momento de alta tensión política, con sectores del peronismo movilizados en rechazo a la condena y la prisión domiciliaria impuesta a quien aún preside el Partido Justicialista. La posibilidad de un discurso virtual por parte de la ex mandataria fue también parte del debate público, aunque, en principio, este tipo de expresiones no estarían prohibidas.
La defensa subrayó que Fernández de Kirchner ha cumplido con todas las obligaciones procesales desde que dejó la presidencia en 2015, y que su conducta continuará siendo la misma “en esta etapa de ejecución”.
Fundamentos legales del pedido
El pedido de aclaratoria fue presentado en base al artículo 126 del Código Procesal Penal de la Nación, que habilita este tipo de presentaciones en caso de ambigüedades, y al artículo 18 de la Constitución Nacional, que establece el principio de legalidad y garantías para las personas condenadas. Además, los abogados dejaron planteada la reserva del caso federal (ley 48) y la posibilidad de acudir a organismos internacionales de derechos humanos si fuera necesario.
Próximo paso: decisión del tribunal
El Tribunal Oral Federal Nº 2 deberá ahora resolver si Cristina Fernández de Kirchner puede o no utilizar el balcón de su casa sin que ello se considere una transgresión a las condiciones de su prisión domiciliaria. La resolución que emita el tribunal servirá para evitar interpretaciones contradictorias y asegurar el respeto a las garantías procesales.